TALLARES REALIZADOS -CUESTIONARIOS


Preguntas a investigar

 

1.¿Como se concibe la acción del orientador y orientadora?

R. Se con concibe como una relación de ayuda que establece el orientador, con el orientado en el contexto de su educación, tiene el objetivo de proporcionar las condiciones de aprendizajes necesarias para el desarrollo de las potenciabilidades de la personalidad  del estudiante, que le posibiliten asumir una actuación auto determinado en el proceso de elección, formación y desempeño personal y profesional futuro.

2.¿En qué esta basado el principio de prevención?

R. Este principio esta basado en la necesidad de preparar alas personas para la superación, de las diferentes crisis de desarrollo.

Su objetivo es proporcionar conductas saludables y competencias personales, como las relacionadas con la inteligencia, interpersonal y la interpersonal, con el fin de evitar la aparición de problemas .

3.¿Cuàl es el objetivo del principio de prevención?

R. El objetivo de la prevención seria desarrollar la competencia funcional y social de la persona, su capacidad para afrontar situaciones y su fortalecimiento interior.

4. Menciona algunas característica de la acción y prevención.

R. Las características  son las siguientes:

·         La evidente relevancia de un diagnostico y una intervención temprana antes de los tres años.

·         La necesidad de adoptar estrategias tanto individuales como grupales para lograr una mayor eficacia.

·         El propio carácter preventivo que supone una temprana relación entre la familia y la escuela y la posible intervención que se deriven de esta relación.

·         Debe ir más allá del ámbito escolar por varias razones.

·         Conocimiento anticipado de las características y circunstancias personales de cada estudiante ya que favorece la detección temprana de los factores de riesgo.

·         Incorporar la colaboración conceptual y procedimental en la intervención, de manera que los destinarios son agentes activos del cambio.

5. ¿Como se entiende el desarrollo del punto de vista madurativo?

R. Se entiende como el desarrollo como un proceso de crecimiento personal que lleva al sujeto a convertirse en un ser cada vez más compleja, esta complejidad se va formando a través  de sucesivos cambios cualitativos ,que favorecen una interpretación del mundo cada vez más compresiva y la integración de experiencias cada vez más amplias y compleja.

6. ¿Cuáles son las dos condiciones del principio de intervención social?

R. Las condiciones pueden ser ambientales y contextuales del individuo ,ya que estas condiciones influyen en su toma de decisiones en su desarrollo personal

·         Analizar el desarrollo y la conducta de los destinarios en el marco de los sistemas que actúan sobre  la persona a través de procesos de socialización en valores ,normas ,expectativas y metas.

·         Diseñar una intervención que tenga como objetivo  eliminar los efectos negativos de los ambientes sobre las personas.

7. ¿Cómo podemos definir el principio de fortalecimiento personal?

R. Es un término que se a incorporado con fuerza en diferentes disciplinas(Educaión,medicina,Psicologia) se define como el proceso mediante el cual las personas ,las organizaciones o comunidades adquieren un dominio sobre los asuntos de interés que le son propios llegar a conocer la dinámica del poder .

8. Cuál es la manera de orientar, de buscarle solución a los problemas según los Filósofos.

R.Según los filósofos consiste en un método que consiste en eliminar mediante el diálogo el velo que las emociones construyen alrededor de un problema cotidiano para dejarlo al descubierto frente a nuestra razón, esta, según el entrevistado, se encargará de analizarlo y presentarnos las opciones, disponibles para solucionarlas.

9¿Cuál es la diferencia que existe entre consejería y orientación?

R. La diferencia es la consejería es superficial y no da seguimiento

Tiene como propósito de ayudar al estudiante a encontrar su posición en el mundo laboral, ayudarlo a tener éxito en sus estudios.

Y la Orientación esta enlazado con dar instrucciones o prodecedimiento, guiar los pasos de alguien hasta cumplir los objetivos deseados.

10.¿Cuàl fue la causa que motivo a que buscáramos un oficio alos  estudiante?.

R. La causa  tiene que ver con la complejidad de adquisición de oficios al estudiante que tiene que ver con su vínculo al desarrollo de las capacidades

Por otra parte el docente no le daba seguimientos a estas prácticas y tendían a fracasar.

Es fundamental hacer un seguimiento de como los estudiantes se van apropiando de este oficio desde su singularidad y que no hay una forma de ser estudiante si no que existe una diversidad.

 

 Cuestionario 2

1-            ¿Cuales son los derechos que tiene el estudiante en la consejería educativa?

R .Los estudiantes tienen los siguientes derechos en la consejería educativa

 1. Derecho a una formación integral.

El alumnado tiene el derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y que se concreta en:

a) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los principios democráticos de convivencia.

b) La adquisición de habilidades, capacidades, competencias y conocimientos que le permitan integrarse personal, laboral y socialmente.

c) El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y académico.

d) La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar decisiones de acuerdo con sus aptitudes y capacidades, de manera especial del alumnado con dificultades físicas, psíquicas o con carencias sociales o culturales.

e) El aprendizaje de métodos no violentos en la resolución de conflictos y de modelos de convivencia basados en la diversidad y en el respeto a la igualdad entre mujeres y hombres

 2.Derecho al respeto.

 El alumnado tiene derecho a que se respete su identidad, integridad y dignidad personales por todos los miembros de la comunidad educativa. Este derecho implica:

 a) La protección contra toda agresión física, verbal, psicológica, moral  y social. La no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, orientación e identidad sexual, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas o psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

b) La existencia de unas condiciones adecuadas de seguridad, higiene y salud en el centro.

c) La confidencialidad en sus datos personales, sin perjuicio de las comunicaciones necesarias con la Administración educativa y la obligación que hubiere de informar a otras Administraciones o autoridades, en los casos así previstos.

3.Derecho a la evaluación objetiva del aprendizaje.

1. El alumnado tiene el derecho a que a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos, conforme a criterios objetivos.

2. El alumnado, así como sus familias, tienen derecho a conocer, al inicio de curso, los criterios de evaluación, calificación, promoción y titulación establecidos por el centro. 

3. El alumnado mayor de edad o sus representantes legales, en caso de minoría de edad de aquél, tienen derecho a recibir información por el profesorado en lo relativo a las valoraciones sobre su aprovechamiento académico, la marcha de su proceso de aprendizaje y las decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso.

4. El alumnado, en el marco de la capacidad de obrar que le reconoce el artículo 30 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá reclamar contra las decisiones y calificaciones académicas que se adopten como resultado del proceso de evaluación conforme al procedimiento legalmente establecido. En caso de menores con incapacidad o de menos de 12 años, lo podrán hacer sus familias.

4. Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro.

El alumnado tienen derecho a participar en la vida del centro y en su funcionamiento en los términos establecidos en el presente Decreto, y en el resto de la normativa educativa. Este derecho implica:

a) El aprendizaje activo en el ejercicio de la participación democrática, como contribución al desarrollo de las competencias básicas sociales.

b) La participación de carácter individual y colectivo mediante el ejercicio de los derechos de reunión, de asociación, a través de las asociaciones de alumnos y alumnas, y de representación en el centro, a través de sus delegados o delegadas, y de sus representantes en el Consejo Escolar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

c) La elección, mediante sufragio directo y secreto, de sus representantes en el Consejo Escolar y de los delegados o delegadas de grupo, que constituirán la Junta de delegados o delegadas. Los delegados, delegadas y representantes del alumnado en el Consejo Escolar, tienen derecho a no ser sancionados en el ejercicio de sus funciones como portavoces en los términos de la normativa vigente.

 d) La manifestación de sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad, sin perjuicio de los derechos de los miembros de la comunidad educativa y del respeto que, de acuerdo con los principios y derechos constitucionales, merecen las personas y las instituciones.

 e) La información sobre las cuestiones propias de su centro y de la actividad educativa en general, en los términos previstos en la normativa de desarrollo y las normas de convivencia del centro.

5. Derecho a la manifestación de la discrepancia.

1. El alumnado tiene derecho a la manifestación de la discrepancia ante decisiones o acontecimientos relacionados con la vida escolar. Las discrepancias, cualquiera que sea su motivación, alcance y contenido, serán puestas en conocimiento de la dirección del centro, a través de los delegados o delegadas de cada grupo, para que adopten las medidas que correspondan.

2. El plan de convivencia del centro regulará el procedimiento que permita el ejercicio de este derecho. La dirección del centro pondrá en conocimiento del Consejo Escolar los casos que deriven en una propuesta de inasistencia a clase por parte del alumnado para que actúe como garante del cumplimiento del procedimiento regulado.

3. Las decisiones colectivas de inasistencia a clase sólo podrán afectar al alumnado a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria. Éstas no tendrán la consideración de falta de conducta ni será objeto de sanción cuando hayan sido el resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro. En cualquier caso, el centro deberá garantizar el derecho de quienes no deseen secundar la inasistencia a clase, y a permanecer en el mismo debidamente atendidos por el profesorado correspondiente.

6. Derecho del alumnado menor a la atención inmediata.

El alumnado menor de edad o con incapacidad, tienen derecho a la protección en el ámbito escolar. Entre otros este derecho comprende el conjunto de medidas y actuaciones destinadas a prevenir e intervenir en situaciones de riesgo y de desamparo en las que puedan involucrarse, tendentes a garantizar su desarrollo integral y a promover una vida normalizada, primando, en todo caso, su interés todo ello de acuerdo con lo previsto

 7. Derecho a la igualdad de oportunidades.

El alumnado tiene derecho a recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, de género, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades específicas de apoyo educativo. La Consejería competente en materia de educación promoverá las ayudas y subvenciones precisas para compensar dichas carencias del alumnado mediante una política de becas y servicios de apoyo que favorezcan el acceso o la continuidad del alumnado en los distintos niveles educativos, en un marco de igualdad de oportunidades impulsando, en su caso, la adjudicación de plazas en residencias escolares.

Derecho a la protección social.

 1. En el ámbito educativo, el alumnado tiene derecho a la protección social, en los casos de infortunio familiar o accidente.

 2. Independientemente de los derechos que les asisten en virtud de la legislación en materia de sanidad y de seguridad social, la consejería competente en materia de educación, establecerá las condiciones académicas y económicas adecuadas para que el alumnado que sufra una adversidad familiar, un accidente o una enfermedad prolongada no se vea imposibilitado para continuar y finalizar los estudios que se encuentre cursando o para acceder a estudios posteriores.

 3. El alumnado de centros sostenidos con fondos públicos, de educación primaria o educación secundaria obligatoria que como consecuencia de enfermedad o accidente tenga impedida su asistencia al centro educativo, tienen derecho a recibir atención educativa domiciliaria u hospitalaria, en las condiciones que establezca la consejería competente en materia de educación.

 4, ¿Cuáles son las cualidades positivas y negativas de manera personal?

R. Mis  cualidades  positivas son que soy una persona que tengo Tenacidad.  Empeño que tengo para lograr las cosas que me propongo y que me impide que me rinda  antes las primeras dificultades también tengo

Compromiso,  Confianza. , Liderazgo. 

y  las negativas  creo que soy una persona muy Egocentrismo. Cuyo mundo de intereses gira exclusivamente en torno a  mí misma, y por lo tanto sólo habla de mi y  sin importar con quién me encuentre.

5.¿Cuales son mis atributos profesionales?

R. 1. Mis atributos son que cuento con una buena Buena actitud

Ser la persona que siempre anima, que ve lo positivo cuando no es tan fácil, que cree en los demás y que siempre sabe cómo darle la vuelta a un mal momento es el primer paso para ser un gran profesional. Encontrar y demostrar la voluntad, las ganas y la motivación para impulsar a tu equipo hará que éste te considere una pieza fundamental y que además logres sacar adelante todo lo que te propongas y de además  tener  Ambición y tener una actitud Proactiva. 
 

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